Requisitos para el REPUVE – Registro Público Vehicular

Requisitos para el REPUVE – Registro Público Vehicular

Conoce cuales son los requisitos para el REPUVE – Registro Público Vehicular y asegúrate de que tu coche o vehículo posee una legal procedencia.

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En todo momento es importante la protección de tus bienes, por ende, no dejes de investigar aquellos beneficios de dicho instrumento de seguridad.

Índice

1 ¿Cuáles Son Los Requisitos Para El REPUVE?
2 ¿Dónde Saco El REPUVE?
3 ¿Cómo Solicitar El REPUVE?
4 Registro Público Vehicular (REPUVE)
5 ¿Qué Pasa Si No Tengo El REPUVE?
6 ¿Cómo Puedo Checar El REPUVE?
7 Preguntas Frecuentes

¿Cuáles Son Los Requisitos Para El REPUVE?

En cuanto al cumplimiento de la ley del Registro Público Vehicular, aquellos sujetos obligados que están señalados ahí, tendrán que hacer entrega de su condición, la documentación e información requerible para poder proceder con la inscripción y actualización del REPUVE.

Se denominan sujetos obligados:

  • Carroceros, los cuales ejecutan el ensamble o modificación de todas las piezas que forman un automóvil.
  • Comercializadoras, orientadas en realizar las compras, ventas e importación de vehículos usados.
  • El Consejo Nacional de Seguridad Pública, se atribuye con la entidad mayor de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
  • Las distribuidoras, se encargan de hacer la venta de autos de primera mano, básicamente, los provenientes de ensambladoras o importación.
  • Ensambladoras, se caracterizan por ser las que fabrican, ensamblan e importan los vehículos con el propósito de comercializar coches nuevos.
  • Entidades Federativas, están representadas por los estados y el Distrito Federal.
    Procuradurías Generales de la nación, de los estados y el Distrito Federal.
  • El Registro, concierne con el Registro Público Vehicular.
  • El Secretariado Ejecutivo del SNSP.
  • Los coches que vinculan a los automotores, remolques y semirremolques terrestres.

Aquellos que fabrican vehículos, ensambladores y parecidos, se verán en la obligación de colocar:

  • Un NIV o numero vehicular de identificación, se trata de un elemento identificatorio dentro del Registro.
  • Del mismo modo los autos importados.
  • Este deberán suministrarlo a la Secretaria por medio del Secretariado Ejecutivo, previamente o entre los treinta (30) días habilitados antes de realizarse la comercialización, en cumplimiento con los criterios asignatarios en base a la Norma Oficial Mexicana.
  • Considerándose el NIV el principal requisito del REPUVE, aparte de las diversas características específicas de cada uno de los vehículos.
  • Los individuos obligados tendrán que suministrar al registro los datos o información vinculada a su actividad, para que de esta manera el REPUVE pueda cumplir su propósito principal de brindar seguridad jurídica y fiscal a la población.

¿Dónde Saco El REPUVE?

En consecuencia, la constancia de inscripción del REPUVE es absoluta responsabilidad de los fabricantes, importadores o ensambladoras.

A excepción de los autos de modelos anteriores al año 2008, aquellos que poseen la responsabilidad son las entidades específicas, por medio de campañas y operativos programados.

Por otra parte, los modelos siguientes al año en expresado, y no estén inscritos, la responsabilidad caerá encima del concesionario.

Se recomienda que para actualizar los autos de modelos anteriores al año 2008, te dirijas a las oficinas de Control Vehicular de la entidad donde estés residenciado, con el fin de obtener información acerca de la programación de operativos para proceder con el registro de un vehículo.

¿Cómo Solicitar El REPUVE?

Por medio del portal web oficial del REPUVE, se puede adquirir el reporte de estatus de los vehículos y motos.

Toma en cuenta que la inicial inscripción es realizada por las ensambladoras, carroceros, fabricantes, importadoras, los cuales envían la documentación de acuerdo a cada automóvil al Secretariado Ejecutivo de cada entidad.

Estableciéndole un número de constancia de inscripción, siendo único y sin poder sustituirse o transferirse.

Registro Público Vehicular (REPUVE)

La Ley de Registro Público Vehicular o mejor conocida por sus siglas como REPUVE, se promulgo durante el año 2004, con el propósito de ser un mecanismo completo de información de índole público en base a los actos que vinculen a los vehículos.

Se relaciona con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, el cual proporciona seguridad jurídica y pública, al servir de control del estado jurídico, de aquellos vehículos que circulan dentro del país.

En días pasados se tenía el control fiscal durante la venta de autos, por medio del Registro Federal de vehículos del año 1977 y el Registro Nacional de Vehículos del año 1998.

Se caracterizaba por ser un registro mercantil que no vinculaba al servicio público, contrarrestaban o luchaban en contra de la inseguridad jurídica a lo largo de las operaciones comerciales.

En este sentido, el REPUVE no únicamente concede certeza jurídica a quienes compran o venden vehículos, sino que hace un seguimiento a las posibles situaciones delictivas donde sean involucrados los automóviles.

Así mismo, obliga a los diferentes entes que crean los automóviles y entidades federativas, a mantenerse al día con la información pertinente al gobierno federal al presentarse las situaciones asociadas expresadas a continuación con los coches:

  • Alta o la baja de placas.
  • Modificación de propietarios.
  • Presencia de multas e infracciones relacionadas con el automóvil.
  • En caso de haber sido víctima de algún robo o hurto
  • Al modificar su estado como recuperado o perdido.

Proporcionando la certeza del origen, destino y utilidad de todos los vehículos fabricados, ensamblados, importados o que circulan en el país, es decir, se refiere a la historia de los autos.

Para asegurarse de que la ley fuese cumplida, durante el año 2008 fue publicado dicho reglamento.

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¿Qué Pasa Si No Tengo El REPUVE?

Se debe iniciar por mencionar que al efectuar el trámite de compra y venta de un vehículo usado, se debe solicitar que en la documentación vinculada, se entregue el número de registro frente el REPUVE.

Toma en cuenta que en el REPUVE está la información en base a cada uno de los eventos que relacionan los vehículos. Demostrándose fundamentalmente que este es legal, en pocas palabras, no es robado.

Actualmente se tienen distintos casos por los que un automóvil puede no encontrarse inscrito:

  • La entidad que debía realizarse en la institución federal no emitió el registro debidamente para la inscripción, probablemente porque no tenían la información requerida para ese coche específico.
  • No fueron superadas las validaciones de integridad y calidad, a lo mejor por tratarse de un auto de data vieja.
  • Al ser enviado el registro al SNSP, se tenía un reporte entregado por alguna Procuraduría General de Justicia Estatal, mostrándose el coche como robado, originando el rechazo al REPUVE.
  • Por alterarse el número de identificación vehicular o NIV, siendo una común característica dentro del comercio de vehículos robados.
  • La situación de que el automóvil sea proveniente de un hurto, venta ilegal o sospechas de un acto ilícito o parecido se deberá hacer lo siguiente:

Dado el caso que el vehículo provenga de un hurto, o de una venta ilegal o si se sospecha de un acto ilícito o similar, se deben hacer dos cosas:

  1. Colocarte en contacto con la oficina de Control Vehicular de la entidad pertinente y denuncia el robo.
  2. Realizar una llamada telefónica al número 089, no necesariamente se deben suministrar los datos personales, esto podrá ser anónimo.

¿Cómo Puedo Checar El REPUVE?

Llevar a cabo la consulta de un vehículo es sumamente simple:

  1. Se podrá averiguar el estatus del coche accediendo a la Consulta Ciudadana REPUVE.
  2. Elije la opción “Consulta Ciudadana”
  3. Expresa el número de placa.
  4. Indica el código Captcha mostrada en pantalla.
  5. Presiona “consultar”

La investigación más frecuente suele ser por el número de placa, no obstante, la plataforma brinda la “búsqueda avanzada”, en donde se podrá optar por otra clase de alternativas como:

El NIV o número vehicular de identificación, se encuentran clasificados en los modelos de vehículos antes y después de 1998.

  1. Para los casos anteriores a 1998, se cuenta con el número definido como serie y por lo general se ubica en la puerta izquierda del auto.
  2. Por otro lado, en los modelos posteriores el número está formado por diecisiete (17) caracteres alfanuméricos y frecuentemente se localizan en la parte superior del tablero del automóvil o marco de las puertas. También se conoce como numero de chasis o serie del vehículo.
  3. El folio de constancia de inscripción, puede hallarse en la calcomanía azul que está pegada en el parabrisas, abajo del chip electrónico definido como código de barras.

El reporte adquirido en la consulta ciudadana del REPUVE, son los datos o contenidos específicos acerca del estatus legal del vehículo.

Sea para carro o moto, se expresan tres (3) clases posibles de condición: sin reporte de robo, con reporte de robo y por último con el respectivo reporte de recuperado por placa.

Preguntas Frecuentes

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¿Cuál es el precio por desarrollar las consultas al Registro Público Vehicular?

El servicio es gratuito paro todo ciudadano, únicamente se debe acceder a Consulta Ciudadana REPUVE y suministrar la información de búsqueda.

¿Existen otras vías para efectuar consultas a parte de a través de Internet?

Se puede emitir un correo electrónico a la dirección [email protected] y expresar el caso respectivo a consultarse.

¿Es posible imprimir el reporte de consulta de REPUVE?

La respuesta es sí, la descarga e impresión del Reporte Repuve se desarrolla por medio del mismo portal de consultas, al pulsar encima el botón derecho del mouse y eligiendo en el menú de opciones “guardar como”.

Seguidamente se descargara en el dispositivo respectivo y luego podrás imprimirlo según tus necesidades o conveniencia.

¿Cuánto es el periodo de tiempo para actualizar el estatus de REPUVE, luego de denunciar algún robo de vehículo o moto?

Por lo general las entidades tardan 48 horas en cambiar el estatus del coche, después de realizarse la denuncia.