USD 280 millones en impuestos dejaría de recaudar el país ante dictamen de la Corte Constitucional

Luego de que la Corte Constitucional declare hoy la inconstitucionalidad de la recaudación anticipada del impuesto a la renta, el Gobierno dejaría de recaudar 280 millones de dólares, que iban a ser destinados en salud por motivos de la pandemia causada por el covid-19, según informó el Servicio de Rentas Internas (SRI).

El ente tributario informó que la medida iba dirigida a aproximadamente 1180 empresas en el país, que generan ingresos superiores a los USD 5 millones.

Sin embargo, la CC resolvió declarar la inconstitucionalidad e insubsistencia del Decreto Ejecutivo Nro.1109, en el que se dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020. Cinco de los nueve miembros del organismo votaron por el dictamen desfavorable, al considerar que la medida no cumple los requisitos materiales previstos en la Constitución y el artículo 123 numerales 1, 3 y 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

La resolución permite que “en caso de haber existido recaudación, los sujetos pasivos podrán solicitar la devolución del monto pagado” y que podrán “utilizar el monto pagado como crédito tributario de acuerdo a lo prescrito por la normativa vigente; o, en su defecto, acreditar el valor pagado, como un anticipo tributario”.

Según el CC, dejó insubsistente la medida “debido a que en dicho decreto no se justificó que el dinero recaudado esté destinado a cubrir exclusivamente los gastos para enfrentar la pandemia durante el estado de excepción”.

Ante esta situación, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, expresó que “si es que esa calamidad pública tiene que explicarse mejor para poder explicar las medidas excepcionales, analizaremos incluso la posibilidad de volver a presentarla”.

🛑BOLETÍN | Este organismo resolvió declarar la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo Nro.1109, en el que se dispuso la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020.

Lee más👉https://t.co/l58q851F2r

Texto íntegro👉https://t.co/1aGMptSKllpic.twitter.com/4uesFo6dZB

— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) August 11, 2020