Corte IDH condenó al Estado ecuatoriano por violación sexual escolar a alumna que se suicidó

La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado ecuatoriano responsable por la violación sexual sufrida por la adolescente Paola G.A. en el ámbito educativo estatal, cometida por Bolívar Espín Zurita, vicerrector del colegio Miguel Martínez Serrano, en Guayaquil, donde estudiaba la víctima.

El delito empezó a cometerse en el 2001 y terminó con el suicidio de la menor de edad, luego de ingerir fósforo blanco el 12 de diciembre del 2002.

El Tribunal concluyó que el Estado ecuatoriano es responsable, en perjuicio de la madre y la hermana de la niña, por la violación a los derechos a las garantías judiciales, a la protección judicial, igualdad ante la ley, integridad personal, entre otros.

Además, se determinó que hubo una lesión al derecho de acceso a la justicia de las familiares de Paola, derivando en la impunidad, por la prescripción de la acción penal, que fue consecuencia de la inacción estatal, especialmente en la falta de diligencia en la detención del procesado rebelde. Los actos impunes fueron cometidos por un funcionario público y comprometían en forma directa la responsabilidad internacional del Estado por violaciones a derechos humanos.

La Corte ordenó varias medidas de reparación y compensación para la familia de la víctima. También, determinó que Ecuador debe identificar e implementar medidas para tratar la violencia sexual en el ámbito educativo, de conformidad a pautas indicadas en la Sentencia.

Mediante su cuenta de Twitter, el presidente Lenin Moreno reconoció el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los hechos

En el año 2001, cuando Paola tenía 14 años y cursaba el segundo año de educación básica, comenzó a tener problemas con ciertas materias y el vicerrector del colegio ofreció pasarla de año, con la condición de que mantuviera con él relaciones sexuales. El funcionario, de 65 años en ese entonces, mantuvo relaciones de índole sexual con la niña por más de un año. Personal del colegio conocía lo que sucedía. El 11 de diciembre de 2002, la inspectora del curso de Paola le envió una citación a la madre de esta, para que se presentara al colegio al día siguiente. El jueves 12 de diciembre de 2002, mismo día de la citación, la joven ingirió unas pastillas que contenían fósforo blanco. Luego se dirigió al colegio y comunicó a sus compañeras lo que había hecho. En la institución educativa la trasladaron a la enfermería, donde la instaron a rezar. Su madre fue contactada y logró llegar al colegio un tiempo después. Trasladó a su hija en un taxi a un hospital, y con posterioridad a una clínica. El 13 de diciembre de 2002, Paola murió.

Se inició un proceso penal para determinar lo sucedido. La madre de la fallecida presentó una acusación particular contra el vicerrector por los delitos de acoso sexual, violación e instigación al suicidio. El 6 de febrero de 2003 se ordenó la detención de Espín Zurita y más adelante, el 2 de septiembre de 2005, se le imputó el delito de estupro agravado. El sujeto fugó, lo que llevó a que se suspendiera el procedimiento en su contra. El 18 de septiembre de 2008, a solicitud del vicerrector, la justicia ecuatoriana declaró prescrita la acción penal.

En el 2008, la madre de la adolescente llevó el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte IDH lo acogió en el 2019.

En el marco del respeto a los #DDHH y del sistema interamericano, Ecuador ejecutará la sentencia dictada por la @CorteIDH en el caso de Paola Guzmán. Nuestra lucha para erradicar la violencia sexual en el sector educativo, se mantiene firme desde el primer día de mi Gobierno. https://t.co/z9GIdYyna5

— Lenín Moreno (@Lenin) August 15, 2020