decimo cuarto sueldo ecuador

Décimo cuarto sueldo Ecuador

Bono escolar. Décimo cuarto sueldo. Ecuador. El décimo cuarto sueldo en Ecuador o bono escolar, se pagará en la Sierra y Amazonía hasta el 15 de agosto de cada año y en la Costa hasta el 15 de marzo, y corresponde a la doceava parte del salario básico mínimo unificado. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Si el trabajador no ha mensualizado el décimo cuarto sueldo, entonces debe recibir hasta el 15 de agosto del 2021 la doceava parte de 1 SBU por cada mes laborado durante el periodo.

Periodo de cálculo del décimo cuarto sueldo o Bono escolar

  • Trabajadores de la región Costa y Galápagos:
    Marzo 1 del año anterior (2020) a Febrero 29 del año del pago (2021)
  • Trabajadores de la región Sierra y Amazonía:
    Agosto 1 del año anterior (2020) a Julio 31 del año del pago (2021)

Los trabajadores que han laborado el periodo completo recibirán un salario básico unificado, SBU, vigente en el periodo de pago.

Los trabajadores en Ecuador que han laborado por un tiempo inferior al período de cálculo ya sea por ingreso laboral posterior a la fecha de inicio de cálculo o por que se desvinculen de la empresa por renuncia o despido antes de la fecha de pago, tienen derecho a una parte proporcional de este sueldo. Dicha parte proporcional tiene como base de cálculo el salario básico unificado vigente en el periodo de pago y el tiempo laborado por el trabajador.
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Fecha de pago del décimo cuarto sueldo o Bono escolar

  •  Trabajadores de la región Costa y Galápagos:
    El 15 de marzo del 2021
  • Trabajadores de la región Sierra y Amazonía:
    El 15 de agosto del 2021

Cálculo del décimo cuarto sueldo

La forma de calcular la parte proporcional del décimo cuarto sueldo es como sigue: Se cuentan los días calendario (incluidos los feriados y de descanso) en los que se ha mantenido relación laboral con el trabajador, para multiplicarlo por el SBU vigente a la fecha de cálculo (US$400 para el 2021) y la diferencia se la divide para 360 días del año.