Conoce los 5 pasaportes que se emiten en Venezuela

Conoce los 5 pasaportes que se emiten en Venezuela

Conoce los pasaportes de Venezuela. ¿Necesitas tramitar el pasaporte venezolano? ¿Sabías que Venezuela emite 5 tipos de pasaporte? Te contamos en qué consiste cada uno de ellos. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

De acuerdo con la Gaceta Oficial número 42.042, derivada del decreto 4.571 se establece que Venezuela pasará a emitir 5 tipos de pasaportes. ¿Los conoces? ¿Sabes en qué consiste cada uno? Te lo explicamos a continuación.

Conoce los  tipos de pasaportes emitidos en Venezuela

A) Pasaporte Ordinario.

Este es un documento de viaje, personal e intransferible, que será emitido por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de identificación.

Con dicho documento, los venezolanos comunes que viajen al exterior o vivan fuera del país, podrán identificarse.

Si te encuentras en el exterior, podrás hacer el trámite del pasaporte a través de las oficinas Consulares de la República Bolivariana de Venezuela o en las secciones consulares de las embajadas de este país.

Requisitos para el trámite del Pasaporte Ordinario

1.- Hacer la solicitud de una cita y el pago para la emisión de esta.

2.- Asistir personalmente a la cita y presentar el serial o la cita del pasaporte, en donde se señala el día y la hora.

3.- Presentar la Cédula de Identidad vigente.

4.- Hacer el pago relacionado con la emisión del pasaporte.

Para los ciudadanos en el Exterior

Acudir a la Oficina o Sección Consular más cercana a tu lugar de residencia para recabar la información sobre la emisión del pasaporte y/o prórroga y cumplir con los requisitos exigidos.

Para los niños, niñas y adolescentes

1.- El pasaporte deberá ser solicitado por ambos padres o por uno de ellos. Y el menor deberá asistir a la cita acompañado por sus progenitores o representante legal.

2.- Si uno de los padres ha fallecido o se ha declarado privación de la patria potestad contra uno de ellos, se debe presentar copia certificada del acta de defunción del progenitor fallecido o la decisión judicial de la privación de la patria potestad, según sea el caso.

3.- Si se trata de un niño, niña o adolescente bajo la tutela de un representante legal se debe presentar la autorización emanada del Juez con competencia en materia de Protección de niños, niñas y adolescentes.

4.- Para los niños menores de 9 años, se deberá presentar el día de la cita el acta de nacimiento sin tachaduras o enmendaduras. Si los niños son mayores de 9 años, el documento que deberá presentarse será la cédula de identidad.

Datos importantes:

  • Si deseas efectuar la corrección o actualización de tus datos de identificación personal, debes hacerlo el día de la cita. Deberás llevar contigo, el acta de nacimiento, acta de matrimonio, certificado de defunción, sentencia, según sea el caso.

En tal sentido, tu antiguo pasaporte será anulado y será emitido uno nuevo.

  • El pasaporte ordinario deberá emitirse en un lapso de 30 días, contados desde el día de la consignación de los requisitos para realización del trámite.
  • Si lo deseas podrás agilizar tu trámite, para lo cual deberás hacer un pago extra. Tu pasaporte deberá estar listo en un lapso de 5 días hábiles.
  • Para la renovación de tu pasaporte necesitarás los mismos requisitos que para el trámite de la primera vez.
  • Si tu pasaporte se encuentra vencido, pero en buenas condiciones podrás prorrogarlo una sola vez, y si vigencia será de 5 años.
  • La vigencia del pasaporte ordinario será de 10 años.

B) Pasaporte Diplomático y Pasaporte de Servicio

Es el documento con el que se identifican en el exterior a los funcionarios (as) o personas amparadas por tratados internacionales o convenios, suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela.

El objetivo de este pasaporte es que sus titulares puedan acreditar su posición oficial o representativa ante los distintos organismos o autoridades internacionales.

Su porte en el territorio nacional no comporta ningún privilegio para sus titulares.

Si deseas saber cuáles son las personas que pueden tramitar este tipo de pasaporte, haz clic AQUÍ. 

 

C) Pasaporte de Emergencia

Es el documento de identificación que se expide a aquellas personas cuyos países no cuenten con representación en Venezuela, o cuando sea necesario salvaguardar los derechos inalienables de la persona, como lo son: salud, la vida, la integridad y que se fundamenten en casos fortuitos o de fuerza mayor.

Requisitos para el Trámite del Pasaporte de Emergencia

1.- Exposición de motivos sobre tu situación.

2.- Documento de identificación.

Datos Importantes:

  • En cada una de las páginas del pasaporte se escribirá la nota “No Venezolano”.
  • Todos los documentos usados para el trámite del pasaporte de emergencia serán devueltos luego de hacer los registros respectivos.
  • La vigencia del pasaporte de emergencia será de 6 meses a un año, dependiendo del caso.

 

D) Pasaporte Colectivo

Es un documento de viaje que se expide a grupos organizados por motivos culturales, deportivos, religiosos, turísticos o científicos, previstos en los tratados o acuerdos internacionales a los que Venezuela se encuentra suscrita.

Los requisitos, características y condiciones para su otorgamiento serán determinados por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de identificación.

E) Pasaporte Provisional

Este documento se otorga de manera excepcional a los venezolanos que deban trasladarse al exterior sin dilación alguna, por razones de necesidad o urgencia.

Los requisitos para este tipo de pasaporte serán los mismos que los exigidos para el trámite del pasaporte ordinario.

Este tipo de pasaporte tendrá un año de validez y no podrá prorrogarse.

Datos importantes que debes tener en consideración:

  • El organismo encargado de la emisión de los pasaportes es el SAIME.
  • El retiro del pasaporte se deberá llevar a cabo dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de su emisión.
  • Si transcurridos esos 30 días, no retiras tu pasaporte, el mismo será remitido a una bóveda para su resguardo y custodia, y deberás realizar un pago por este servicio, antes de hacer el trámite nuevamente.
  • Tampoco podrás anular el pasaporte si no has hecho el pago por concepto de resguardo y custodia, y hayas hecho el retiro de este documento.
  • Por ser un documento personal, el pasaporte solo será entregado a su titular.
  • Podrá anularse el pasaporte en los siguientes casos: robo, hurto, extravío, deterioro que impida su utilización, presenta alteraciones o enmendaduras, por orden administrativa o judicial.