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¿Cómo tramitar el RISE en Ecuador?

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¿Quieres sacarte el RISE? Conoce qué es y cuáles son los requisitos necesarios para tramitarlo.

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¿Qué es el RISE?

El RISE o Régimen Impositivo Simplificado del Ecuador es una de las facilidades que el SRI ofrece a las microempresas y surge para apoyar al emprendedor.

Es un mecanismo que reemplaza el pago del Impuesto al Valor Agregado IVA y del Impuesto a la Renta por una cuota fija, cuyo monto dependerá de la actividad económica que se desempeña y al monto total de las ventas.

Consiste en un régimen de inscripción voluntaria.

¿Cuál es la utilidad del RISE?

Está concebido para legalizar una actividad económica y crear una cultura tributaria en el país.

¿Quiénes pueden sacarse el RISE?

Pueden unirse a este régimen las personas naturales que hayan tenido ingresos anuales inferiores a los 60 mil US$ y que cuenten con menos de 10 empleados.

Asimismo, pueden unirse, personas naturales que realizan una actividad económica y, además, reciben ingresos bajo relación de dependencia, siempre y cuando sean menores a la Fracción Básica del Impuesto a la Renta. En tal sentido, los ingresos totales anuales no pueden superar los 60 mil US$.

Finalmente, también pueden adherirse quienes no hayan sido agentes de retención de impuestos, durante los 3 últimos años.

¿Cuáles son las actividades económicas que pueden utilizar el RISE?

Si realizas alguna de las actividades que mencionamos a continuación, tienes la posibilidad de inscribirte en el RISE.

Agricultura, pesca, ganadería, avicultura, minería, transporte, manufactura, servicio de restaurantes y hoteles, servicios de la construcción, trabajo autónomo, comercio minorista, entre otros.

¿Cuáles son las actividades económicas que NO pueden inscribirse en el RISE?

Si ejerces alguna de las siguientes actividades no podrás registrarte en el RISE:

Agenciamiento de bolsa, propaganda y publicidad, almacenamiento o depósito de productos de terceros, organización de espectáculos públicos, libre ejercicio profesional que requiere título terminal universitario, agente de aduana, producción de bienes o prestación de servicios gravados con el Impuesto a los Consumos Especiales.

Asimismo, personas naturales que obtengan ingresos bajo relación de dependencia, comercialización y distribución de combustible, impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios realizados por establecimientos gráficos autorizados por el SRI, casinos, bingos, salas de juego, corretaje de bienes raíces, comisionistas, alquiler de Bienes Inmuebles, extracción y/o comercialización de sustancias minerales metálicas, de naturaleza agropecuaria, entre otros.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para sacar el RISE?

Si deseas inscribirte bajo este régimen para iniciar tu actividad económica, deberás contar con los siguientes requisitos:

a) Original y copia de la cédula de identidad.

b) Ser persona natural.

c) Original de la papeleta de votación.

d) Copia del comprobante de pago de un servicio de luz, agua o teléfono en el que aparezca el domicilio en el que realizarás tu actividad económica, con una vigencia máxima de 3 meses.

e) No tener ingresos mayores a 60 mil US$ al año, o si te encuentras en relación de dependencia, el ingreso por este concepto no puede superar la fracción básica del Impuesto a la Renta gravado con tarifa cero por ciento para cada año.

f) No dedicarte a alguna de las actividades restringidas.

g) No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años.

Este es un trámite sin costo.

¿Dónde puedes incorporarte al RISE?

Puedes hacerlo en cualquier oficina del RISE a nivel nacional, a través de las Brigadas móviles o haciendo la preinscripción por internet y luego acercándote a una ventanilla exclusiva para culminar el proceso de inscripción al RISE.

¿Cuáles son los beneficios de los contribuyentes que se acogen al RISE?

1.- Te permite como persona natural realizar una actividad lícita en Ecuador porque le otorga legalidad.

2.- No tienes que llenar ni presentar los formularios para el pago del IVA, ni el impuesto a la renta.

3.- No te hacen retenciones en la Fuente.

4.- No es necesaria la contratación de un contador que te lleve las cuentas.

5.- Los precios de venta ya incluyen el IVA.

6.- Si vas a aumentar tu nómina puedes solicitar el 5% de descuento en el valor mensual a pagar por contratar un empleado que se encuentre afiliado al IESS, (hasta un límite de 50%).

7.- Pagas una tarifa fija mensual.

¿Cuáles son las desventajas del RISE?

1.- Tus ventas deben realizarse siempre a consumidores finales. No puedes llevar a cabo ventas como distribuidor.

2.- Existe un monto máximo para la emisión de notas de venta, lo cual dependerá de la categoría en la que te hayas inscrito.

¿Cuáles son tus obligaciones si eres un contribuyente RISE?

1.- Imprimir los comprobantes de venta únicamente en las imprentas autorizadas por el SRI.

2.- Si el cliente lo solicita deberás entregar un comprobante de venta, aun cuando la transacción sea menor de 12 dólares. También, deberás entregar comprobantes de venta “obligatoriamente” si las transacciones son mayores a 12 dólares.

3.- Deberás emitir comprobantes de venta, por cada transacción propia de los contribuyentes.

4.- Podrás prepagar el año completo o pagar tu cuota mensual siendo siempre puntual. (El valor mensual a pagar dependerá de la categoría y de la actividad económica que realices).

Recuerda que, si has escogido pagar mensualmente la cuota, puedes hacerlo desde el primer día del mes hasta la fecha máxima de acuerdo con el noveno dígito de tu RUC.

Asimismo, puedes pagar por las ventanillas de bancos o cooperativas con convenio o por débito automático.

5.- Actualizar la información siempre que superes o reduzcas los ingresos que registraste al momento de llevar a cabo tu inscripción.

¿Cuáles son las Sanciones si no pagas el RISE?

Además de las multas, existen otras sanciones a las que quedas expuesto si no pagas el RISE y te las comentamos a continuación:

1.- Serás clausurado si dejas de pagar 3 cuotas.

2.- Serás excluido del régimen si dejas de pagar 6 meses de cuotas. En el caso de que te pongas al día no podrás reingresar al régimen simplificado sino después de 24 meses.

3.- Pierdes todos los beneficios que te ofrece el estar inscrito en el RISE.

 ¿Existe la posibilidad de separarse del Régimen Impositivo Simplificado?

Claro que sí se puede hacer y surtirá efecto a partir del primer día del mes siguiente.

Si como contribuyente cesas tus actividades económicas deberás dar de baja a los comprobantes de venta que no has utilizado y suspender temporalmente el RISE.

Por su parte, debes saber que al cancelar o suspender el Registro Único de Contribuyente por terminación de actividades, eso conllevará a la terminación del pago de las cuotas.

Y, por último, en el caso de que seas excluido o renuncies al Régimen Impositivo Simplificado, no podrás emitir los comprobantes de ventas que no hayas usado.