ayudas económicas para inmigrantes en españa

Ayudas económicas para inmigrantes en España

Ayudas económicas para inmigrantes en España. Es necesario tener en cuenta, que no existe como tal un tipo de ayuda social dirigida a personas del extranjero dentro de España, por el mero hecho de serlo, y de las que puedan quedar excluidas los nacionales españoles. Por lo que hay que saber realmente sobre las ayudas económicas para inmigrantes en España a los que realmente se tiene derecho. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

Índice

1 Ayudas económicas para inmigrantes en España ¿tienen los mismo derechos de los españoles?
1.1 ¿Los inmigrantes se llevan todas las ayudas en España?
1.2 ¿Qué ocurre en caso de irregulares?
1.3 ¿Y las ayudas de viviendas?
1.4 ¿Puede colapsar el sistema sanitario?
1.5 ¿Existen ayudas económicas para inmigrantes en España de rentas mínimas?

Ayudas económicas para inmigrantes en España ¿tienen los mismo derechos de los españoles?

Según la ley de extranjería en el artículo 14, se nos indica que para tener acceso al catálogo de prestaciones de la Seguridad Social y los servicios sociales, es necesario tener una residencia legal en el país. Al contar con dicha residencia, puedes tener acceso a todas las ayudas económicas en las mismas condiciones que cualquier ciudadano español. Eso quiere decir que, la condición de extranjero, en ningún caso supone una ventaja o incremento de las posibilidades para poder acceder a los servicios públicos.


¿Los inmigrantes se llevan todas las ayudas en España?

Es necesario saber que cada una de las ayudas sociales cuenta con unas consideraciones particulares, pero la condición de extranjeros en ningún caso supone ventajas o incrementos en las posibilidades para poder acceder a los servicios públicos. Estas se otorgan de acuerdo a las situaciones socioeconómicas personales para familiares de cada persona, independientemente de la nacionalidad.

En cualquier situación, y a pesar de su especial situación de vulnerabilidad social y la tasa de pobreza, dentro de España, el 23,4% de los ciudadanos está en riesgo de pobreza o por exclusión social, frente a un 58,7% de los usuarios de los servicios sociales fueron extranjeros y solo el 9,7% de los beneficiaros de prestaciones por desempleo son extranjeros.


¿Qué ocurre en caso de irregulares?

Con respecto a inmigrantes irregulares, si cuentan con los derechos de servicios y de prestaciones sociales básicos que existen, estos están dirigidos a toda la población con independencia de sus características sociales o demográficas. Estos son el primer nivel de atención, como un respuesta cercana ante cualquier demanda o necesidad, y los facilita el ayuntamiento o las comunidades autónomas para situaciones de emergencia social.
Estos son servicios y prestaciones sociales totalmente básicas de la atención social primaria, además de la atención domiciliaria, los centro para menores de 18 años, comedores y ayudas de urgencias sociales.

Igualmente, en cada una de las localidades habitualmente existen organizaciones diferentes como la Cruz Roja, ACCEM, Cáritas, red acoge, entre otras. Que se encargan de trabajar con personas en situaciones de vulnerabilidad, independientemente de la situación administrativa en la que se encuentra.

Tal y como se nos indica desde la Asociación ProDerechos Humanos de Andalucía, los irregulares se exponen a que la policía de extranjería se entere de su condición de irregularidad y presente un expediente que terminaría con la expulsión como lo puede ser por la espera en colas de comedores sociales.

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Asimismo, luego de estar empadronados, existe una posibilidad de que las autoridades crucen y comprueben los datos de este tipo de registros, a pesar de que no es una práctica habitual, según lo que se señala en la Fundición Migar, creada por la Cruz Roja de España.

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¿Y las ayudas de viviendas?

Dentro de lo que se presenta en el artículo 13 de la ley de extranjería se dice que: “los extranjeros residentes cuentan con el derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda dentro de los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes. En cualquier caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles.”

Por lo tanto, la residencia legal de larga duración en este caso, se convierte en un requisito indispensable para poder recibir dichas ayudas. Y de igual manera, hacer dentro de las mismas condiciones que tienen los españoles, nunca tendrán un acceso mayor al de un ciudadano español.


¿Puede colapsar el sistema sanitario?

A pesar de las condiciones de vida que son más precarias, los extranjeros acuden menos a las consultas médicas que los españoles. En el último mes, un 36% de españoles acudía a este servicio, a diferencia del 31% de los extranjeros en España, según los datos recolectados en una encuesta Nacional de Salud del 2017.

Asimismo, visitan menos veces de media al médico de cabecera y al especialista. En el caso de las urgencias, pueden asistir en la misma proporción que los españoles, y ellos a pesar de que en el momento en que se recopilaron los últimos datos, era casi la única vía por la que lo irregulares podían acceder al sistema de salud.

Igualmente, la Sanidad también se financia por parte de los inmigrantes irregulares, a través de impuestos indirectos que pagan al momento de su consumo de productos básicos, ya que este servicio público, a diferencia de otros como lo es la Seguridad Social o las pensiones, no se financia por cotizaciones.


¿Existen ayudas económicas para inmigrantes en España de rentas mínimas?

No hay una renta mínima que esté destinada específicamente a los inmigrantes. Lo que si existe es una renta mínima de inserción en algunas comunidades autónomas, a las que se pueden acoger a los inmigrantes en igualdad de condiciones que los nacionales.

Como lo puede ser, la comunidad de Madrid que ofrece una renta mínima de inserción cuya cuantía varía en función de la cantidad de miembros en la unidad de convivencia y sobre los recursos económicos con los que estos cuenten. Desde los 400 euros al mes de una persona solo hasta los 900 euros, que es la cantidad máxima que se percibe.

Pero para esto es necesario cumplir con una serie de requisitos, y el primero siempre será tener la residencia legal, en la comunidad de Madrid. Por lo que esta misma situación ocurre en la comunidades autónomas.