Fernando Balda demuestra que sí está al día en pensiones alimenticias y que puede ser candidato a la Asamblea

Mediante un comunicado de prensa, Fernando Balda, del movimiento Libertad es Pueblo, demostró que está al día en sus pensiones alimenticias y que inclusive ha pagado por adelantado hasta diciembre del 2020.

Esto, luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) niegue el pasado miércoles la inscripción de siente candidaturas a la Asamblea Nacional, incluyendo la de Balda, por adeudar pensiones alimenticias.

La resolución se dio luego de que la alianza Unión por la Esperanza (Unes) objete las listas de asambleístas de Pachakutik (PK), Unión Ecuatoriana, Construye, Libertad es Pueblo, así como una candidatura provincial.

“Pretenden impedir la calificación de mi candidatura haciéndole el juego al correísmo, aduciendo que debo pensiones alimenticias. En la contestación presentada a la objeción interpuesta el 9 de octubre por Santiago Díaz Asque, procurador del binomio Araúz-Rabascal, demostramos que en el mes de agosto pagué por adelantado las cuotas hasta diciembre de 2020. Para defenderme me veo obligado a mostrar documentos de mi vida personal. Lo demuestro con pruebas”, enfatizó Balda, quien presentó capturas de pantalla del sistema Supa, de la Función Judicial, con los pagos hasta diciembre; así como los depósitos bancarios.

“Por lo anterior, y una vez que ha sido demostrado hasta la saciedad que no estoy inhabilitado para ser candidato de elección popular, y que a pesar de ello el CNE pretende descalificarme, es evidente que existe una conspiración para tratar de impedir mi participación, y además tratar de dañar mí imagen. En horas de la mañana me reuniré con mis abogados para analizar la situación y tomar las acciones legales pertinentes”, agregó el integrante de Libertad es Pueblo, quien espera que el CNE revea la medida y califique su candidatura.

“El CNE debe proteger los derechos de participación de todos los ciudadanos, no solo de los que presentan cédula falsa, o de los que intentan inscribir a un binomio prófugo de la justicia con burla mediante una video llamada en una tablet”, sentenció.

Según el numeral 2, del artículo 113 de la Constitución del Ecuador, “no podrán ser candidatas o candidatos de elección popular: quienes adeuden pensiones alimenticias”.

Para su fallo, el CNE también consideró una sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que establece que “de aceptarse la alegación del candidato (…) se estaría permitiendo que este se beneficie de su dolo, a sabiendas que tiene prohibición constitucional y legal, al momento de postularse como candidato a un cargo de elección popular, no solo que omite, sino pretende engañar e inducir al error al órgano electoral jurisdiccional”.

Otro de los postulantes a asambleístas nacionales que fue inhabilitado por deber pensiones alimenticias es el exprefecto de Zamora Chinchipe, Salvador Quishpe, quien encabeza la lista de Pachakutik. El líder indígena no se ha pronunciado al respecto.

De acuerdo a lo que determina el Código de la Democracia, el CNE otorgó dos días de plazo a estas organizaciones políticas para que designen el reemplazo de esas candidaturas.

Comunicado del CNE sobre el impedimento por deber pensiones alimenticias.