Rabascall dice que solo es dueño de 3 dólares en acciones del Banco de Guayaquil y se las dio su abuelo
Esta tarde, el candidato a la Vicepresidencia de la República, Carlos Rabascall Salazar, por la alianza Unión por la Esperanza (Unes), afirmó que las acciones que tiene en el Banco de Guayaquil fueron transferidas por su abuelo, Severo Rabascall, en el año 1983. Dichas acciones equivaldrían a 3 dólares a la fecha.
Esta declaración se da a raíz de una objeción a su candidatura, presentada por Michael Aulestia Salazar, director del Movimiento Ahora 65, quien aseguró que Rabascall supuestamente se encontraba incurso en prohibiciones establecidas en el artículo 96, numeral 9 del Código de la Democracia.
El aspirante por Unes detalló que, según una certificación emitida por el propio banco, “en la actualidad tengo el 0.0000007% de las acciones del Banco, lo que me convierte en accionista súper minoritario, a diferencia del candidato que apoya el denunciante (Aulestia) que no solo es accionista mayoritario del propio banco y además posee a nombre de sus familiares un banco en Panamá, Banisi, y dos docenas más de empresas domiciliadas en paraísos fiscales”.
Mediante un documento presentado hoy al Consejo Nacional Electoral (CNE), Aulestia Salazar mencionó que Carlos Rabascall es accionista del Banco de Guayaquil desde el 18 de marzo del 2009, sociedad que a su vez “de acuerdo al documento ‘Grupos Económicos con integrantes domiciliados en paraísos fiscales que constan en los registros de Panama Papers’ (sic), constante en la página web del Servicio de Rentas Internas, Banco de Guayaquil S.A., sería integrante de dos sociedad domiciliadas en paraísos fiscales”.
De esta forma, el Movimiento Ahora impugna la candidatura de Rabascall, amparándose en la consulta popular del 2017, que estableció una prohibición para los candidatos de elección popular de tener bienes o capitales en paraísos fiscales.
Según el artículo 96, numeral 9 del Código de la Democracia, no podrán ser candidatas o candidatos de elección popular: Quienes tengan bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales.
En su documento, Aulestia recalca que presentó la objeción luego de que quede ejecutoriada la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral referente a la primera impugnación contra el binomio Andrés Arauz-Carlos Rabascall; y que actualmente el trámite de calificación de la candidatura se encontraba en estado suspensivo, de conformidad al Código de la Democracia.
Luego de recibir la sentencia en firme, el CNE continuará con el proceso para revisar que se hayan cumplido las subsanaciones requeridas al binomio, dando un nuevo plazo para impugnaciones y el TCE tendría nuevamente quince días para resolver la objeción.
Anoche, Unes publicó en su cuenta de Twitter que, “una vez ejecutoriada la sentencia, no cabe recurso alguno y el binomio Arauz-Rabascall está inscrito legalmente para las elecciones 2021”, y advirtió que: “cualquier acción de incumplimiento a las resoluciones adoptadas por el CNE o sentencia del TCE acarrea la suspensión de 4 años de los derechos políticos y multa” de 20 salarios básicos unificados, según el artículo 279 del Código de la Democracia.