Asamblea finaliza primer debate de reformas a Ley de Minería que apoya a pequeños mineros y artesanales
El Pleno de la Asamblea concluyó el primer debate de las reformas a la Ley Orgánica de Minería. El documento elaborado por la Comisión de Biodiversidad busca apoyar y regular la minería artesanal y pequeña minería con los respectivos permisos para ejecutar esta actividad.
El Legislativo recibió en comisión general a Simón Castro, socio de la Cooperativa Mineros Artesanales Cerro Rico de Zaruma, quien manifestó su intención de querer trabajar de forma digna y contribuir con el Estado. “Queremos pagar los impuestos de acuerdo con a la Ley”, manifestó.
Ángel Cuenca, minero artesanal, se sumó al discurso de Castro, y pidió a los legisladores que aprueben esta normativa, porque de esta manera les ayudarán a solucionar la precaria situación económica que ahora atraviesan. Dijo que deberían ser considerados como trabajadores de una de las actividades productivas más importantes del Ecuador.
El ponente de la norma y presidente de la Comisión de Biodiversidad, Alberto Zambrano, indicó que la reforma recoge 14 artículos y una disposición transitoria.
Durante el debate, los asambleístas fueron enfáticos en señalar que la extracción minera debe proteger el ambiente y brindar transparencia en la información. En otro tema, puntualizaron que el Ministerio del ramo deberá establecer un sistema informático para dar a conocer a la ciudadanía el tema de las concesiones minerías.
También indicaron que al concesionarse un terreno a una gran empresa debería quedar libre un 15 % para los mineros artesanales, con el fin de que puedan generar ingresos para sus familias. Además, indicaron que una vez que sea promulgada la ley se debería realizar un censo minero para conocer, de forma específica, cuánta gente está dedicada a la actividad. Al mismo tiempo, señalaron que la banca pública deberá dar créditos para la adquisición de tecnología que necesitan los pequeños mineros y artesanales.
Se sumaron también a la prohibición de realizar minería metálica y no metálica en cualquiera de sus fases dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Resaltaron que ningún contrato minero deberá tener el carácter de reservado.
También destacaron que los concesionaros mineros, que dentro de sus áreas determinen la existencia de labores de minería artesanal, deberán garantizar su derecho al trabajo, a través de la suscripción de contratos de operación. Los mineros con los que suscriban estos contratos deberán estar previamente censados y calificados.
Sobre la creación del Sistema Informático de Transparencia sobre la Gestión Minera señalaron que se debería cruzar información con Senagua, el Ministerio de Recursos no Renovables y Agencia de Regulación y Control Minero.
Otros comentarios surgieron en torno a que la minería debería estar apegada a las normas y estándares internacionales. Así también, se habló de la participación directa de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en cada una de las fases de actividad minera.
También manifestaron que la minería ilegal destroza los ecosistemas, por lo tanto, solicitaron un control exhaustivo a este tipo de actividad. Además, solicitaron el seguimiento a las concesiones para saber si cumplen con los estándares, en caso de no hacerlo sancionarlas o retirar los permisos. Incluso propusieron que Napo sea declarado territorio libre de concesiones mineras.
Las reformas a la normativa prohíben toda actividad minera metálica y no metálica en cualquiera de sus fases dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, centros urbanos y poblados y en zonas declaradas como intangibles. En tal sentido, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio Sectorial y los Municipios, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas y acciones correspondientes para su cumplimiento.
Así también, en el texto se propone que las autoridades de control, regulación y fiscalización podrán ingresar a las áreas de exploración y explotación minera, sin necesidad de autorización previa, apoyados por la fuerza pública.
La norma contempla, además, que tendrá una inhabilidad especial, para obtener concesiones mineras por cinco años, quien haya sido condenado por el aprovechamiento ilícito, exploración o explotación ilícita de recursos minerales. La pena la impondrá la autoridad competente.
El texto incorpora un artículo en el cual se establece el derecho a la información, pues todas las instituciones que tienen competencia y jurisdicción sobre la actividad minera en Ecuador garantizarán el mencionado derecho a la ciudadana, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y sus propios símbolos.
Un nuevo artículo previsto en este informe es que el Ministerio Sectorial establecerá y administrará un Sistema Informático de Transparencia sobre la Gestión Minera, el cual manejará información respecto a: proceso de subasta pública para el otorgamiento de concesiones mineras, texto completo de licencia ambiental, informes de la Autoridad del Agua que sustenten que la actividad minera no afecta los cuerpos de agua de la zona concesionada, informes de los GAD sobre el uso y aprovechamiento del suelo en el área que se realiza la concesión, resumen ejecutivo del informe económico mensual sobre las regalías que recibe el Estado por la explotación de minerales, entre otros.
La mesa acordó incluir una transitoria para que, en un plazo máximo de 180, una vez que la norma se publique en el Registro Oficial, el Ministerio Sectorial realizará la evaluación técnico-administrativa del cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los concesionarios actuales; digitalizará la información correspondiente al Registro Minero y Catastro de minería artesanal a fin de incluir a las personas que carecen de autorizaciones para efectuar actividades mineras (…).
Una vez finalizadas las intervenciones, la Comisión de Biodiversidad procesará las observaciones presentadas en el Pleno y elaborará el informe para segundo debate.