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¿Cómo saber el Grupo Profesional y el Grupo de Cotización?
Antes de sumergirnos de lleno con respecto a lo que se pretende informar con este artículo, debemos primero tener en claro de qué se trata esto de la Categoría Profesional y el Grupo de Cotización; para de esta manera, estar más al tanto de a qué nos referimos al momento de mencionar esos dos conceptos.
Es preciso mencionar, que los Grupos de Cotización tienen mucho que ver con las categorías profesionales, o como actualmente se denominan, los grupos profesionales. Estos Grupos Profesionales se distribuyen en un total de 11, los cuales son los que indicamos a continuación:
- Licenciados e Ingenieros.
- Ayudantes titulados, Peritos e Ingenieros Técnicos.
- Jefes de Taller y Administrativos.
- Ayudantes sin titulación.
- Oficiales administrativos.
- Oficiales subalternos.
- Auxiliares Administrativos.
- Oficiales (primera y segunda categoría).
- Oficiales de tercera, especialistas.
- Peones.
- Trabajadores de menos de 18 años de edad que sean independiente de su categoría profesional.
Cada uno de los grupos ya mencionados posee ciertas bases máximas y mínimas, a menos que se disponga algo distinto mediante un Convenio Colectivo. Dichas bases tienen índole mensual, y para el año 2017 han sido fijadas de la siguiente manera a continuación:
- Para el Grupo N° 1 se fijó una base mínima de 1.152.9 Euros y una base máxima 3.751,2 Euros.
- El Grupo N° 2 posee una base mínima de 956,1 Euros y una base máxima de 3.751,2 Euros.
- El Grupo N°3 tiene una base mínima de 831,6 Euros y una base máxima de 3.751,2 Euros.
- Para los Grupos N° 4, 5, 6, y 7 se han fijado bases mínimas de 825,5 Euros y una tasa máxima de 3.751,2 Euros.
- Finalmente, para los Grupos N° 8, 9, 10 y 11 se fijó una base mínima de 27,52 Euros, mientras que su base máxima es de 125,04 Euros.
Pasos a seguir
Cabe destacar que no existe una serie de pasos a seguir para poder conocer cuál es el Grupo de Cotización al que se pertenece; esto debido a que saberlo resulta mucho más sencillo de lo que en realidad se piensa.
De manera teórica, el grupo profesional al que el trabajador pertenecerá se escoge mediante mutuo acuerdo entre el mismo y la propia empresa a la cual prestará sus servicios. De hecho, una vez que se realice la firma del contrato, se establece en el mismo el puesto que se piensa ocupar y; consecuentemente, se le asigna al trabajador las funciones correspondientes que se establecen para ese Grupo Profesional.
En pocas palabras, para saber a qué categoría o Grupo Profesional perteneces, tan sólo debes echar un vistazo a tu contrato de trabajo o nómina; es mediante ese documento, en el cual se refleja cuál es la función que realizas dentro de la empresa en la que te encuentras contratado.
Una vez que ya has determinado cuál es tu grupo profesional, es conveniente que evalúes el Convenio Colectivo, en el cual realizan descripciones de puestos, titulaciones, y funciones correspondientes a cada grupo profesional que se ha descrito anteriormente. De esta manera, se busca cuál es la función laboral que mejor te corresponde dentro de tu propio grupo profesional.
Adicionalmente, si necesitas saber a qué Grupo de Cotización perteneces, pues es un procedimiento muchísimo más sencillo que el anterior; ya que tan sólo con saber tu Grupo Profesional indicado en tu nómina o contrato, puedes ubicarte en el listado de Grupo de Cotización que te hemos mencionado en el apartado anterior. De esta manera, podrás saber cuál es la base mínima o máxima del salario que te deben ofrecer.
¿Por qué se considera importante saberlo?
Es sumamente importante tener presente cuál es el Grupo Profesional en el que se forma parte durante el período laboral; esto es debido a que del grupo puede depender lo siguiente:
- Las funciones que corresponden hacer dentro de la empresa.
- La movilidad funcional en caso de que se realicen funciones referentes a grupos inferiores o superiores.
- El salario que corresponde cobrar. Recuerda que los Convenios Colectivos basan sus salarios dependiendo del grupo profesional.
- En caso de que un empleado con discapacidad requiera tratamiento, tiene todo el derecho a cambiar de centro de trabajo en caso de que exista alguno más cercano al centro de salud en donde se le brindará dicho tratamiento. Esto es posible siempre y cuando exista un puesto vacante dentro del mismo Grupo Profesional que posee.
- Deben existir políticas de inserción laboral femenina en grupos profesionales donde las mujeres estén menos representadas.
- En caso de trabajadores que hayan sido víctimas a causa del terrorismo o violencia de género y deban cambiar de domicilio debido a esto, tienen el derecho de solicitar un puesto laboral en otro centro de trabajo siempre; esto siempre y cuando existan vacantes dentro de su mismo grupo profesional.
- En caso de algún permiso para el cuidado de un familiar o un hijo, durante el primer año el empleado tiene derecho de volver al mismo puesto que previamente ocupaba en el mismo grupo profesional al cual pertenecía.
Adicional a lo anteriormente planteado, determinar el Grupo de Cotización correspondiente se toma como algo muy importante debido al salario correspondiente que recibirá cada trabajador. En pocas palabras, el grupo de cotización afecta directamente al salario mensual de un trabajador dependiendo al grupo profesional que pertenezca; de igual modo sus cuantías económicas, es decir, desempleo, bajas y jubilación.
Finalmente, para la empresa el poder determinar cada Grupo Profesional con su correspondiente cotización le permite la facilidad para distribuir a los empleados según como lo vaya necesitando.
¿Qué es el Grupo de Cotización y la Categoría Profesional?
Debido a la reforma realizada en el año 2012, se ha visto modificado la denominación de Categoría Profesional por Grupo Profesional; siendo la primera un concepto totalmente invalidado.
No obstante, un Grupo Profesional reúne ciertas características como titulación, cualidades, experiencia, idiomas dominados, entre otros, de cada trabajador en cuestión; asignándolo así a diversas funciones laborales que correspondan de manera adecuada con su nivel de formación.
Por otro lado, un Grupo de Cotización es el que determina cuál será el puesto de trabajo a realizar por el trabajador; adicionalmente, es el que establece mediante el Convenio Colectivo cuál será el salario correspondiente al puesto, función y preparación académica que posee dicho empleado.
Como podrás apreciar, el Grupo Profesional y el Grupo de Cotización son dos términos sumamente distintos aunque puede llegar a confundir un poco. De hecho, ambos se diferencian debido a que el Grupo de Cotización abarca elementos como:
- Aptitud profesional.
- Titulación.
- Contenido del puesto desempeñado por el trabajador.
En contraste con el Grupo de Cotización, el Grupo Profesional tan sólo abarca elementos como la capacitación profesional y la aptitud del trabajador; algo un poco más simple, ya que no se toma en cuenta la asignación de la labor dentro de la empresa.
Reclamar Categoría Profesional Superior
Una vez leído todo el artículo, puede que te preguntes sobre qué es lo que puedes hacer en caso de que no se te corresponda un Grupo Profesional con las funciones que realmente te encuentres desarrollando dentro de una empresa.
Depende de si es tu caso, puedes realizar un procedimiento judicial para que optes por el reconocimiento del puesto que realmente te encuentres ocupando; de hecho, esto implicaría incluso reconocer el derecho a un salario superior para ti como trabajador.
Cabe destacar que para iniciar este tipo de procedimientos, debes realizar un informe de todas y cada una de las funciones que realizas dentro de la empresa; el mismo, debe ser elaborado mediante tus representantes legales, entregando primeramente una papeleta de conciliación y; en caso de no existir un acuerdo, se realiza una demanda ante el Juzgado.
Documento Guía
Consejos y dudas
Ante posibles dudas con respecto a cómo saber la categoría profesional y todo lo que ello implica, te hemos recopilado una serie de preguntas y consejos correspondientes al tema:
- ¿Puedo solicitar un ascenso a una categoría profesional superior?
La respuesta es SÍ, sin embargo, te aconsejamos que realices dicha solicitud en caso de que te encuentres realizando funciones superiores durante seis (6) meses en un lapso laboral de por lo menos dos (2) años. En caso de que tu solicitud no sea admitida, entonces debes proceder a realizar un reclamo, tal cual como te hemos indicado en el apartado anterior.
- ¿Siempre tendré derecho a un aumento salarial?
No siempre, de hecho, si realizas funciones superiores a lo que corresponde dentro de tu Grupo Profesional tendrás el derecho a recibir el importe adecuado para dicha función realizada. Sin embargo, si tu salario actual es superior a lo que se establece dentro de tu Grupo Profesional, entonces no aplicas para solicitar este tipo de importes.
- ¿Debo tener una titulación para poder ser parte de un Grupo Profesional en concreto?
De hecho, esto no es ninguna obligación. El hecho de poseer cierta titulación no implica que debas pertenecer o no a cierto Grupo Profesional; ya que como se ha mencionado anteriormente, esto dependerá de factores como las funciones que puedes desempeñar y las tareas que realices dentro de la empresa. Sin embargo, la carencia de titulaciones puede impedir futuros posibles ascensos.
Esperamos que este artículo te haya resultado de suma utilidad. ¡Feliz día!