Certificado de pareja de hecho en Madrid 5 requisitos
Certificado de pareja de hecho en Madrid: 5 requisitos. No siempre una convivencia significativa a nivel legal tiene el formato de un matrimonio. Pero de igual manera tienen derechos ante la ley. Examinemos aquí los requisitos para el certificado de pareja de hecho en Madrid.
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Índice
1 Certificado de pareja de hecho en Madrid: comprobación de una convivencia
1.1 ¿En qué consiste exactamente una pareja de hecho?
2 ¿Cómo se obtiene un certificado de pareja de hecho en la Comunidad de Madrid?
2.1 ¿Cuál sería entonces la documentación a presentar para llevar a cabo el trámite finalmente?
Certificado de pareja de hecho en Madrid: comprobación de una convivencia
El certificado de pareja de hecho en Madrid ha adquirido con el pasar del tiempo una mayor incidencia dentro del panorama legal cotidiano de la capital española. Hasta hace poco, todos hemos estado familiarizados con el formato legal de un matrimonio y sus beneficios legales en cuanto al manejo compartido de las finanzas, las herencias y las posibilidades de nacionalidad para el cónyuge extranjero, entre otras.
Pero la figura de la pareja de hecho se ha abierto paso con presteza en nuestra sociedad. Se trata de un símbolo quizás de una cultura más dinámica y menos apegada a instituciones de largo plazo. Una unión circunstancial reconocida parece condecirse mejor con el estado sentimental de la época y con la velocidad de gastos e ingresos.
¿En qué consiste exactamente una pareja de hecho?
Es básicamente la declaración pública de una convivencia afectiva entre dos personas sin que exista un documento matrimonial de por medio. El período mínimo para ser considerado como pareja de hecho es de al menos un año y este tipo de unión puede considerarse válida, al igual que en el caso matrimonial, tanto entre heterosexuales como entre homosexuales.
Pero si en el matrimonio legal las leyes pueden reconocerlo en todo el territorio, la legislación asociada a las parejas de hecho es asumida directamente por cada Comunidad autónoma.
Podríamos preguntarnos ¿Por qué asumirse como pareja de hecho en lugar de apostar por el contrato matrimonial? En primer lugar, es una figura más flexible, más sencilla de declarar y también de ejecutar una ruptura. Con una escritura notarial o la inclusión en el Registro de parejas de hecho es suficiente en un caso mientras que una notificación de la disolución de la pareja basta para terminarla.
Si se quieren evadir divorcios cruentos, esta es una buena manera. En segundo lugar, las uniones informales entre españoles y extranjeros que aún se encuentran en proceso de regularización no podrán por el momento hacerse matrimonio, pero sí podrán manifestar que son pareja de hecho para tener sus derechos.
Derechos
¿Cuáles son estos derechos? Pues muchos ya presentes en el orden matrimonial: la retención de una vivienda alquilada tras la muerte de un miembro de la pareja, la pensión de viudedad, asistencia sanitaria, guarda y custodia de hijos en común, permisos laborales de paternidad e incluso la adopción, aunque con menores posibilidades que un matrimonio en la competencia burocrática. Pero para obtener todo esto, deben reunirse requisitos de documentación para tramitarlo en su Comunidad. Ahora lo veremos.
Si tienes un interés especial por todo lo relacionado con los contratos matrimoniales, tal vez te resulte de provecho leer este otro artículo de nuestra Web dedicado a los requisitos para casarse con un extranjero en México. ¡Sigue el link!
¿Cómo se obtiene un certificado de pareja de hecho en la Comunidad de Madrid?
Las uniones de hecho en la capital española se encuentran legalmente asentadas en la Ley 11/2001 de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, señalada en el link. A partir de este basamento, se exigen cierto número de requisitos que garanticen una unión libre, exclusiva y voluntaria. Los requisitos para solicitar el certificado de pareja de hecho en Madrid son los siguientes:
- En primer lugar, que ambos miembros de la pareja sean mayores de edad o al menos sean menores emancipados. Eso garantiza cierta autonomía de parte y parte para formar el vínculo.
- La convivencia en pareja durante un año entero de doce meses legales es también un requisito indispensable para la declaración de una unión de hecho. La unión debe ser libre, pública y notoria, como reza la ley. Evidente para todos, potencialmente sujeta a testimonio y voluntaria.
- El estado civil de ambos solicitantes debe ser soltero, divorciado, viudo o separado judicialmente. No puede declararse una pareja de hecho teniendo un matrimonio formado por otro lado.
- En el mismo tono, ninguno de los dos miembros puede estar formando otra pareja de hecho de forma paralela al proceso actual. Igualmente, la pareja de hecho que intenta tramitarse no puede estar inscrita anteriormente en los registros de otra Comunidad autónoma.
- Es indispensable que al menos uno de los miembros de la pareja de hecho esté empadronado en alguno de los municipios de la ciudad de Madrid, para darle lógica institucional al trámite en este lugar.
Además de estos cinco requisitos básicos, podemos mencionar la necesidad de que los miembros de la pareja no se encuentren relacionados entre sí por parentesco de hasta tercer grado. Por otra parte, ambos miembros deben poseer una salud mental suficiente como para dar su consentimiento de forma expresa a la unión. Cualquier condición psíquica que inhiba esta posibilidad de aprobar el hecho hace la pareja inviable como unión legal.
¿Cuál sería entonces la documentación a presentar para llevar a cabo el trámite finalmente?
Puede resumirse en los siguientes ítems:
- Documentos de identificación de ambos solicitantes y también de los testigos. Estos pueden ser tanto la tarjeta de residencia como el pasaporte y el DNI. Siempre presentados por duplicado en original y fotocopia.
- Acreditación de encontrarse emancipados en caso de menores en unión.
- Un certificado del empadronamiento municipal de al menos uno de los miembros de la pareja.
- Un certificado de estado civil para constatar el estatus libre de los involucrados. También puede exigirse en caso de divorciados el certificado del matrimonio disuelto, con una anotación al margen que indique el divorcio. En el caso de los viudos, será necesario presentar el certificado del anterior matrimonio junto al certificado de defunción del cónyuge.
Es recomendable obtener un duplicado del certificado de pareja de hecho en Madrid una vez se haya expedido. En el siguiente vídeo se encuentra un testimonio de este proceso desde los ojos de un extranjero. Hasta aquí nuestro artículo sobre el certificado de pareja de hecho en Madrid. Hasta pronto.